Por otro lado, las cosas No Fungibles son aquellas que no tienen ese poder liberatorio equivalente; poseen una individualidad característica y, por consiguiente, no pueden ser intercambiables. Cuando una obligación tiene por objeto una cosa no fungible, el deudor sólo puede pagar entregando aquella cosa especial y expresamente determinada y no otra.
Ahora bien, el artículo 763 sólo hace la distinción entre fungibles y no fungibles respecto a bienes muebles, lo cual no quiere decir ni debe interpretarse que los bienes inmuebles no poseen ninguna de estas calidades, pues bajo las premisas antes explicadas se entiende que todos los inmuebles son no fungibles, esto es, se caracterizan individualmente y, por tanto, no tienen el mismo poder liberatorio en los pagos. El hecho de que en el artículo 763 del multicitado código solo explique la diferencia respecto a los bienes muebles y omita hacer tal distinción en los inmuebles, es sólo por una cuestión práctica ya que resultaría ocioso hacer mención explicita de los bienes inmuebles, pues como ya se comentó, por sus características siempre deben considerarse como no fungibles. Dicho en otras palaras, al no explicar la diferencia respecto a los bienes inmuebles es porque no tiene caso hacer una distinción de fungibilidad pues atendiendo a las características de los bienes inmuebles resulta evidente que se trata de cosas no fungibles.
Bajo esta premisa, no existe argumento jurídico para prohibir que el objeto del contrato de comodato sea un bien inmueble. Así lo confirma la Tesis: 1a. CCCXVII/2013 (10a.).
En conclusión y términos prácticos, la diferencia entre bienes fungibles y no fungibles es que unos pueden ser reemplazados y otros no, pues como se explicó, en el cumplimiento de obligaciones, los bienes fungibles pueden ser reemplazados por otros del mismo género calidad y cantidad, mientras que los no fungibles no pueden ser intercambiables, por lo que el deudor sólo puede pagar restituyendo la cosa prestada, como sucede con el comodato, donde la ley exige que las cosas tiene que ser restituidas idénticamente.