LO QUE TODOS ESTÁN LEYENDO

Vigencia de los Derechos de Propiedad Industrial

Una de las características de los Derechos de Propiedad Industrial es la temporalidad, que consiste en que dichos derechos son otorgados y válidos por un tiempo determinado y en algunos casos improrrogables, al caducar se extinguen los derechos de exclusividad.

En virtud de lo anterior, les dejamos las vigencias que la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial le otorga a cada figura jurídica por ésta contemplada.

Vigencia de las Patentes

El artículo 53 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial le concede una vigencia de 20 años improrrogables a la Patente contada a partir de la fecha de presentación de la solicitud y está sujeta al pago de las anualidades para la conservación de derechos.

      • Se paga por solicitud de patente.
      • Para mantener la patente vigente se paga una tarifa por año.

– Los primeros 5 años tiene una tarifa.

– Del año 6 al 10 tiene otra tarifa. (sube)

-A partir del año 11 tiene otra tarifa y ésta se mantiene hasta el año 20.

Vigencia de Modelos de Utilidad

El artículo 62 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial le concede a los Modelos de Utilidad una vigencia de 10 años improrrogables contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud y está sujeto al pago de la tarifa por expedición del título de registro de modelo de utilidad y el pago de las anualidades para la conservación de derechos.

Vigencia de Diseños Industriales

El artículo 78 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial le concede a los Diseños Industriales una vigencia de 5 años contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud, renovable por períodos sucesivos de 5 años y topado hasta un máximo de 25 años. Está sujeto al pago de la tarifa de sus renovaciones.

Vigencia de Esquemas de Trazado de Circuitos Integrados

El artículo 87 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial le concede a los Esquemas de Trazado de Circuitos Integrados una vigencia de 10 años improrrogables contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud y está sujeta al pago de la tarifa por anualidad por conservación de derechos.

Vigencia de Marcas

El artículo 178 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial le concede a las Marcas una vigencia de 10 años contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud y puede renovarse por periodos de 10 años sin limitación alguna.

Vigencia de Aviso Comercial

El artículo 204 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial le concede al Aviso Comercial una vigencia de 10 años a partir de la fecha de presentación de la solicitud y al igual que la marca puede renovarse por periodos de 10 años sin limitación alguna.

Vigencia de Nombre Comercial

El artículo 211 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial le concede al Nombre Comercial una vigencia de 10 años a partir de la fecha de presentación de la solicitud y al igual que la marca puede renovarse por periodos de 10 años sin limitación alguna.

Vigencia de Denominaciones de Origen e Indicaciones Geográficas

El artículo 301 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, le concede a las Denominaciones de Origen e Indicaciones Geográficas una vigencia de 10 años y pueden renovarse por periodos de 10 años sin limitación alguna.

Contenido SoyLegalmx

Autor. Jesús Villarruel Muñoz

Puede Interesarte

Contáctanos

contacto@soylegalmx.com

error: Content is protected !!